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Auxilios Solidarios
Tenemos para ti una amplia gama de auxilios económicos estipulados en el reglamento. Cuyo objetivo es compensar las necesidades de los asociados en caso de calamidades del asociado o de algún miembro de su grupo familiar.
Tipos de Auxilio
Tienen como objetivo compensar las necesidades de los asociados en casos de calamidades domesticas tales como incapacidad medica por enfermedad general, accidente de tránsito de origen común y muerte del asociado o de algún miembro de su grupo familiar mediante auxilios económicos estipulados en el presente reglamento.
BENEFICIARIOS
De acuerdo a la línea de los auxilios que otorga el comité, los siguientes podrán ser los beneficiarios:
Para Auxilio Solidario por Incapacidad Medica General: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas, tenga dos meses de asociado y un total de cuatro aportes quincenales o dos mensuales.
Para Auxilio por defunción: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas y su grupo familiar y que tenga dos meses de asociado y un total de cuatro aportes quincenales o dos mensuales.
Los beneficiarios del asociado para el auxilio por defunción son los contemplados en el artículo cuarto del reglamento del Fondo de Bienestar.
Para el auxilio de enfermedades catastróficas: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas, tenga dos meses de asociado y un total de cuatro aportes quincenales o dos mensuales.
Para Auxilio de lentes y monturas: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas, tenga seis meses de asociado y 12 aportes quincenales o 6 mensuales
Es el auxilio económico que se entrega al asociado en caso de incapacidad médica ininterrumpida por enfermedad General. Dicho auxilio será otorgado por una sola vez, por cada evento presentado y en proporción a los días de incapacidad.
Es potestad del asociado solicitar el auxilio en el momento de expedida la incapacidad o una vez finalizado el periodo de la misma.
INCAPACIDAD | MONTO AUXILIO | REQUISITOS |
CONFINAMIENTO POR COVID (EXAMEN NEGATIVO) | 11% DEL S.M.M.L.V. | DILIGENCIAR SOLICITUD DE AUXILIO SOLIDARIO. CERTIFICADO DE CONFINAMIENTO Y RESULTADO DE A PRUEBA |
INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL DE 10 A 19 DIAS | 10% DEL S.M.M.L.V. | DILIGENCIAR SOLICITUD DE AUXILIO SOLIDARIO.
COPIA DE LA INCAPACIDAD EMITIDA POR LA EPS A LA CUAL SE ENCUENTRA ADSCRITO.
ESTA REGISTRADO EN LA BASE SOCIAL DE FONATLAS. |
INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL DE 20 A 29 DIAS | 20% DEL S.M.M.L.V. | |
INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL DE 30 A 39 DIAS | 30% DEL S.M.M.L.V. | |
INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL DE 40 A 49 DIAS | 40% DEL S.M.M.L.V. | |
INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD GENERAL MAYOR A 50 DIAS | 50% DEL S.M.M.L.V. |
Parágrafo: Se otorgará los siguientes auxilios adicionales por incapacidad por enfermedad general a aquellos asociados que se les prolongue su incapacidad (y que corresponda al diagnóstico inicial), conociendo de antemano que por su situación no se encuentran al día en sus obligaciones con Fonatlas:
- Para el asociado que supere los 90 días de incapacidad, puede solicitar nuevamente un auxilio adicional por valor del 60%M.M.L.V.
- Para el asociado que supere los 180 días de incapacidad, puede solicitar nuevamente un auxilio adicional por valor del 70%M.M.L.V.
- Para el asociado que supere los 220 días de incapacidad, puede solicitar nuevamente un auxilio adicional por valor del 90 %M.M.L.V. y que no se encuentre percibiendo salario.
- En los últimos tres casos, la mitad del auxilio otorgado será destinado a abonar los valores adeudados a Fonatlas (aportes y créditos). En caso de quedar excedentes será reintegrado al asociado.
- Los documentos a presentar son los mismos que se requieren para solicitar el auxilio por Incapacidad Medica por Enfermedad General en los cuales se evidenciara el tiempo de incapacidad.
Es el auxilio económico que se entrega al asociado o sus beneficiarios en caso de fallecimiento del asociado o de algún miembro de su grupo familiar.
CALAMIDAD | MONTO AUXILIO | REQUISITOS |
Muerte Asociado | 70% del S.M.M.L.V. | Copia Certificado Defunción, copia de la cedula, documento que acredite vínculo familiar con asociado. |
Muerte beneficiario grupo primario (esposa e hijos) del asociado casado | 40% del S.M.M.L.V. | |
Muerte beneficiario grupo primario (Padres o hermanos con dependencia económica) del asociado Soltero | 40% del S.M.M.L.V.
| El beneficiario del Asociado, sus beneficiarios del grupo primario y padres deben estar registrado en la base social de Fonatlas |
Muerte Padres del asociado casado | 15% del S.M.M.L.V. |
Para la entrega del auxilio a los beneficiarios del asociado, deben estar inscritos en la base social de Fonatlas, mediante formato que emitirá Fonatlas para su actualización.
Es el auxilio económico que se entrega al asociado en caso de nacimiento por parto único o múltiple, de hijos suyos legalmente reconocidos.
AUXILIO | MONTO AUXILIO | REQUISITOS |
Nacimiento | 35% S.M.M.L.V. | Diligenciar la solicitud de auxilio. |
Estar registrado en la base social de Fonatlas | ||
Documento de identificación de los padres. | ||
Copia Autenticada del Registro Civil de Nacimiento. |
Parágrafo: El auxilio será otorgado en efectivo y será consignado en la cuenta de nómina del asociado. De parte de Fonatlas será emitido un comunicado donde se le informa al asociado el auxilio otorgado.
En el caso que la madre y el padre, fueran asociados, ambos tienen derecho al auxilio.
Para recibir este auxilio la permanencia del asociado debe ser igual a un año o superior.
Es el auxilio económico que se entrega al asociado en caso de fuerza mayor o caso fortuito. Considerándose fuerza mayor o caso fortuito cualquier situación que se genere de manera inesperada ocasionando una desgracia para el asociado y su grupo familiar. En este auxilio no se incluye la calamidad por muerte, ya que se encuentra contemplado en el literal b del presente artículo.
AUXILIO | MONTO AUXILIO | REQUISITOS |
Calamidad Domestica | 40% S.M.M.L.V. | Diligenciar la solicitud de auxilio. |
Estar registrado en la base social de Fonatlas | ||
Documento de identificación. | ||
Registro fotográfico de la situación. |
De acuerdo al caso, denuncia ante fiscalia, epicrisis, comparendo, etc
Parágrafo: Una vez presentada la documentación, queda a juicio del Comité el otorgamiento del auxilio con base en la documentación presentada por el asociado.
En caso de fallecimiento de un asociado, se enviará a la residencia o lugar de velación un ramo fúnebre, el cual va a cargo del Fondo de Auxilios Solidarios.
El valor del ramo no superara el 15% del S.M.M.L.V., incluyendo gastos de envío.
En caso de fallecimiento de uno o varios asociados, se entregará un auxilio, el cual estará constituido por los aportes extraordinarios que realicen los asociados activos a la fecha de presentación del certificado de defunción.
El aporte será la suma de Mil pesos ($ 1.000), que contribuirá cada asociado por fallecimiento de asociado activo. Si en el mes se presentan varias defunciones, el valor del aporte será uno solo y se distribuirá por partes iguales entre los beneficiarios de los asociados fallecidos.
Cuando se notifique el fallecimiento de un asociado, demostrado por el certificado de defunción, el departamento de cartera cargará a los estados de cuenta de cada asociado activo la suma de $ 1.000.
Al recaudar el dinero, éste será entregado a los beneficiarios que el asociado tenga registrado en su hoja de vida. En el evento en que el asociado no tenga registrado algún beneficiario, se remitirá inicialmente a los beneficiarios registrados en la empresa empleadora. En caso de que no presente ninguno, será entregado a las personas que tengan derecho por ley a las prestaciones sociales.
Tiene acceso a esta donación, los asociados que realizado su primer aporte a Fonatlas.
Es el auxilio económico que se entrega al asociado por una sola vez durante su permanencia en Fonatlas (activo o reingresado), en caso de enfermedad catastrófica, considerada en el listado de enfermedades de Alto Costo según resolución 3974 de 2009 del Ministerio de Salud Pública.
Monto: 15% del S.M.M.L.V
Beneficiarios: Hijos o cónyuge del asociado casado o padres del asociado soltero.
Requisitos:
- Diligenciar la solicitud de auxilio.
- Estar registrado en la base social de Fonatlas
- Documento que acredite vínculo familiar con asociado
- El beneficiario del Asociado, debe estar registrado en la base social de Fonatlas Historia clínica
Es el auxilio que se entrega para apoyar al asociado en el gasto por la compra de gafas, monturas y/o lentes de contacto no estéticos. Dicho auxilio será otorgado por una sola vez cada año.
Monto: 5,5% del S.M.M.L.V
Requisitos:
- Diligenciar la solicitud de auxilio.
- Estar registrado en la base social de Fonatlas con una vinculación de 6
- Debe estar a paz y salvo por todo concepto
- Adjuntar fórmula expedida por la EPS o el especialista con vigencia máxima de dos meses.
- En caso de que el asociado haya comprado sus lentes con recursos propios, debe presentar la factura de compra (Personas Jurídicas) o documento equivalente a factura (personas naturales) no mayor a 15 días calendario para el reintegro respectivo y se le consigna el auxilio en su cuenta de nómina.
- En caso de no haberlos adquirido, se le brinda la alternativa de adquirirlos a través de los proveedores de convenio y el valor del auxilio será expedido con orden de servicio al proveedor
Es la póliza adquirida que ampara al asociado por muerte natural o accidental e incapacidad total y permanente y que busca la cancelación a favor de Fonatlas del saldo insoluto (saldo no pagado) de la deuda más intereses corriente más intereses de mora hasta un monto máximo de $100.000.000. Para lo anterior el asociado debe diligenciar la solicitud para seguro de vida Grupo Deudores
El pago de la póliza se realizará mensualmente y los ajustes por movimiento de asegurados y sus valores se realizarán mensualmente de acuerdo a la relación de cartera o saldos de la deuda al cierre del mes anterior.
Plazos presentación Documentación Solicitud Aux.
- El Asociado o sus beneficiarios tendrán los siguientes plazos para solicitar los respectivos auxilios:
- Para solicitar el auxilio correspondiente en caso de fallecimiento o calamidad doméstica, el asociado tiene máximo Quince (15) días hábiles posteriores a la fecha del evento.
- Para solicitar el Auxilio por Incapacidad Médica General, el asociado tiene máximo Quince (15) días hábiles a partir del último día de incapacidad.
- Para el auxilio de nacimiento, el Asociado tiene un plazo máximo de Treinta (30) días calendario a partir del nacimiento.
- Para el auxilio de enfermedad catastrófica, el asociado debe solicitarlo durante el padecimiento de la enfermedad.
Nuestro Objetivo
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