Beneficiarios
Tienen como objetivo compensar las necesidades de los asociados en casos calamidades domesticas tales como incapacidad medica por enfermedad general, accidente de tránsito de origen común y muerte del asociado o de algún miembro de su grupo familiar mediante auxilios económicos estipulados en el presente reglamento.
BENEFICIARIOS
De acuerdo a la línea de los auxilios que otorga el comité, los siguientes podrán ser los beneficiarios:
Para Auxilio Solidario por Incapacidad Medica General: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas, tenga dos meses de asociado y un total de cuatro aportes quincenales o dos mensuales.
Para Auxilio por defunción: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas y su grupo familiar y que tenga dos meses de asociado y un total de cuatro aportes quincenales o dos mensuales.
Los beneficiarios del asociado para el auxilio por defunción son los contemplados en el artículo cuarto del reglamento del Fondo de Bienestar.
Para el auxilio de enfermedades catastróficas: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas, tenga dos meses de asociado y un total de cuatro aportes quincenales o dos mensuales.
Para Auxilio de lentes y monturas: El asociado activo que se encuentre registrado en la base social de Fonatlas, tenga seis meses de asociado y 12 aportes quincenales o 6 mensuales