Auxilio de Lentes y Monturas
Es el auxilio que se entrega para apoyar al asociado en el gasto por la compra de gafas, monturas y/o lentes de contacto no estéticos. Dicho auxilio será otorgado por una sola vez cada año.
Monto: 5,5% del S.M.M.L.V
Requisitos:
- Diligenciar la solicitud de auxilio.
- Estar registrado en la base social de Fonatlas con una vinculación de 6
- Debe estar a paz y salvo por todo concepto
- Adjuntar fórmula expedida por la EPS o el especialista con vigencia máxima de dos meses.
- En caso de que el asociado haya comprado sus lentes con recursos propios, debe presentar la factura de compra (Personas Jurídicas) o documento equivalente a factura (personas naturales) no mayor a 15 días calendario para el reintegro respectivo y se le consigna el auxilio en su cuenta de nómina.
- En caso de no haberlos adquirido, se le brinda la alternativa de adquirirlos a través de los proveedores de convenio y el valor del auxilio será expedido con orden de servicio al proveedor